He descubierto recientemente un gran vacío legal que existe en Argentina en el rubro obras sociales y prepagas.
Todo empleado en relación de dependencia cobra un salario por desempeñar sus tareas. A la par, el empleador mes a mes realiza aportes parte de los cuales son destinados a la obra social de la que seamos miembros. Si ademas tenemos contratada 1 prepaga, esos aportes son derivados a esta ultima para pagar la cuota mensual.
No es lo mismo obra social que prepaga. Para quien no lo sabe, la obra social es obligatoria mienrtas que la prepaga es opcional. Las diferencias son muchas, digamos que no tiene nada que ver la cobertura medica que ofrece una obra social contra la cobertura de una prepaga.
Ejemplos de obras sociales son: OSPEDYM, OSCEP
Ejemplos de prepagas son: OSDE, Swiss Medical, Medicus.
Bueno, hasta aca la introduccion.
El problema que encontre fue que la cuota de mi prepaga era inferior a la derivacion que hace mes a mes mi obra social (es de esperar que sea asi, de lo contrario uno debe pagar una parte de su bolsillo a la prepaga). Ahora bien, por un desorden o por un problema o por un curro tal vez, mi prepaga me reclamo en julio parte de la cuota de enero (esto es porque hay un desfazaje de cuotas, los aportes entran con 3 o 4 meses de diferencia). Entonces resulta que mi prepaga me reclama un dinero que llegaba a los 300 pesos correspondientes a la cuota de enero de 2010. Me pongo a investigar y llamo a la obra social y me dicen que no hay 1 ley o reglamentacion que regule el manejo de montos excedentes en pagos de cuotas.
Por otro lado, en la prepaga me dicen que no se puede utilizar el monto excedente para pagar cuotas pero sí para cambios de planes.
Esto no cerraba por ningun lado asi que consulte con gente contadores y abogados y me dicen que es mentira. Que la prepaga tiene la obligacion de aceptar el excedente para el uso que yo quiera pues despues de todo es mi dinero y yo no lo recupero.
Asi que le di un ultimatum a mi prepaga, si no me soluciona el tema pronto me doy de baja y me cambio de prepaga.
Esto es 1 grandisimo curro, y evidentemente hay vacio legal. Deberian reglamentarlo de alguna forma para evitar este tipo de estafas por parte de obras sociales y prepagas.
Si algun abogado o contador lee esto y puede hacer su aporte bienvenido sea.
Walter |
| Publicado por: wm mk | 26/07/2010 22:02:58 | IP: 190.247.139.23 |